Acordada 31/2020 CSJN
En ocasiones un escrito puede ser archivado, rechazado o tu tratamiento demorado, invocando el incumplimiento de la Acordada 31/2020 CSJN.
Esta acordada es una reglamentación ómnibus que posee 3 anexos y regula también distintas cuestiones relacionadas con la pandemia. Sin embargo, en lo que refiere a la forma de presentación de escritos, en su Anexo 2 dispone lo siguiente:
III) Incorporación de Escritos
Se disponen las siguientes directivas dirigidas a los letrados y otros intervinientes sobre la forma de presentación de los documentos informáticos:
1) Un archivo único por el escrito de demanda.
2) Un archivo único por el escrito de contestación de demanda.
3) Un archivo único por cada escrito que se presente posteriormente con una descripción clara de su contenido.
4) Un archivo que contenga agrupadamente la documental que se desee adjuntar. En caso de ser necesario adjuntar una mayor cantidad de archivos, deberán agruparlos por tipo y detallar claramente en su descripción el contenido y en su caso número de orden sobre el total.
5) Se deberá ajustar en la configuración del dispositivo de digitalización la calidad de imagen a los fines de que el peso informático del archivo sea el menor posible.
6) Recordar que el máximo peso por archivo es de 5 MB.
7) Recomendar la obtención y aplicación de software libre para compilar, reunir y organizar diversos documentos en un solo archivo a subir como así también ajustar su peso. Este software puede ser obtenido en la página del Poder Judicial https://www.pjn.gov.ar/
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